Sostenibilidad


SOSTENIBILIDAD


Los criterios de Sostenibilidad aplicables son los establecidos en la Línea InvestEU Sostenibilidad y que se reflejan en el documento “Sustainability Guarantee Use Case Document” elaborado por el FEI al que se puede acceder en https://www.eif.org/InvestEU/guarantee_products/sustainability-use-case.pdf. También se ha proporcionado acceso a una herramienta elaborada por el FEI que permite introducir datos de las inversiones para chequear la elegibilidad y que podrá ser utilizada por la SGR de forma voluntaria como forma de contraste y además como prueba de elegibilidad y a la que se acceder a través de https://sustainabilityguarantee.eif.org/.

Se considerarán como operaciones elegibles las que cumplan los requisitos de Empresa Avalada Sostenible o bien vayan a utilizar la garantía para financiar o acometer una Inversión Sostenible.


EMPRESA AVALADA SOSTENIBLE


Estos criterios están relacionados con la Empresa Avalada y no con el destino de la operación, que podrá ser Nueva Inversión en Activos, Financiación de Capital Circulante, Avales Comerciales y Garantías no Financieras Elegibles.


1. Eficiencia energética/impacto verde conseguidos en los últimos cinco años: la empresa ha conseguido una reducción del VEINTE POR CIENTO (20%), en relación a su volumen de actividad o producción, en alguno de los siguientes aspectos que reduce su impacto ambiental: 

      1. Consumo de energía (kwh).
      2. Consumo de agua (en volumen).
      3. Otros: i) Emisiones de GEI (gases de efecto invernadero), ii) Emisiones al aire (de PM10/PM2.5/NOx) o iii) utilización de materias primas, sustituyéndolas por materiales reciclados o secundarios.  



Ver Anexo IV.1 para aclaraciones sobre la justificación de estos criterios.


2. Ingresos por actividades “verdes”: la empresa ha generado el NOVENTA POR CIENTO (90%) de sus ingresos de los últimos DOCE (12) meses en los sectores directamente relacionados con la sostenibilidad.

      1. Energía renovable
      2. Eficiencia Energética 
      3. Movilidad sostenible
      4. Economía circular
      5. Recursos hídricos y prevención de la contaminación
      6. Soluciones basadas en la naturaleza
      7. Actividades agropecuarias y forestales sostenibles
      8. Servicios profesionales/técnicos relacionados con sostenibilidad
      9. Tecnologías de la información verdes


Ver Anexo IV.2 para aclaraciones sobre la justificación de estos criterios y detalles adicionales de las actividades elegibles dentro de los puntos a) a i).      


3. Reconocimiento en materia de sostenibilidad si la empresa ha conseguido alguno de:

    1. Certificación ISO 50001, 50004 o EMAS válida en el momento de la aprobación de la operación. 
    2. Ecolabel otorgada por un organismo reconocido de la UE o nacional 
    3. Premio otorgado en los últimos 3 años concedidos por un organismo reconocido de la UE o nacional. 
    4. Patente registrada en los últimos 3 años relacionada con energías renovables, clima o tecnologías limpias y va a utilizar la financiación avalada para habilitar su uso.


Ver Anexo IV.3 para aclaraciones sobre la justificación de estos criterios e información adicional sobre los organismos concedentes.



INVERSIÓN SOSTENIBLE


Estas operaciones están relacionadas con la finalidad de la operación avalada, que tendrá que ser una inversión sostenible y por tanto no serán elegibles operaciones de Financiación de Capital Circulante sino exclusivamente las de Nueva Inversión en Activos, o determinados Avales Comerciales y Garantías no Financieras Elegibles que estén relacionados con compromisos asumidos por la Empresa Avalada con esta misma finalidad. 


Se deberá presentar la documentación con datos clave técnicos de la inversión o el proyecto y las facturas o presupuestos que muestren el destino de los fondos, que deberán cubrir la totalidad del importe de la garantía. En determinados casos que se indica será necesaria otra documentación como la descripción más exhaustiva del proyecto o la justificación del cumplimiento de determinada normativa.

 
4. Inversión en energías renovables: inversiones en la adquisición, almacenaje, distribución, fabricación, instalación de equipos o componentes de fuentes de energía renovables, incluyendo:  

    1. Instalación de energía solar por empresas de cualquier sector de actividad
    2. Instalación de energía eólica por empresas de cualquier sector de actividad
    3. Instalación de energía geotermal por empresas de cualquier sector de actividad
    4. Fabricación de maquinaria y componentes clave para productos de energías renovables 
    5. Transmisión, distribución y almacenamiento de soluciones de energías renovables



Ver Anexo IV.4 con detalles adicionales sobre las inversiones elegibles en los puntos a) a e).      

5. Movilidad sostenible: compra o alquiler de elementos de transporte o infraestructura para movilidad sostenible.  

    1. Vehículos de pasajeros que cuentan con hasta NUEVE (9) plazas, incluida la del conductor: hasta SESENTA MIL EUROS (60.000 €) de coste (sin IVA) y con emisiones hasta 50g CO2/km o cero (hidrógeno o eléctricos). 
    2. Vehículos de pasajeros que cuentan con más  de NUEVE (9) plazas, incluida la del conductor:  Cero (hidrógeno o eléctricos). 
    3. Furgonetas y otros vehículos ligeros para el transporte de mercancías hasta 3,5 Tm: con emisiones hasta 50g CO2/km o cero (hidrógeno o eléctricos). 
    4. Motocicletas y bicicletas o asimilables: cero (hidrógeno, eléctricas, pila de combustible).
    5. Vehículos pesados por debajo de 7,5 Tm: cero emisiones, hasta 1 g/CO2/Km.
    6. Vehículos pesados por encima de 7,5 Tm: i) cero, emisiones, hasta 1 g/CO2/Km y ii) de bajas emisiones con emisiones directas específicas de CO2 inferiores a 50% de las emisiones de CO2 de referencia de todos los vehículos del mismo subgrupo. Ver Anexo IV.5.f. 
    7. Infraestructura para estos elementos movilidad sostenible, como puntos de recarga, actualizaciones de la conexión a la red eléctrica, estaciones de hidrógeno.

      6. Construcción y rehabilitación de inmuebles sostenibles: incluyendo locales, naves, edificios, oficinas y para todos los usos (comercial, hostelería, industrial y logístico), excepto residencial e inmobiliario.  No se podrá incluir en el importe de la garantía la inversión para la adquisición de un inmueble existente, sólo la relacionada con su rehabilitación.  
    1. Renovación de inmuebles obteniendo un certificado de eficiencia energética un escalón superior al anterior y como mínimo de B.
    2. Renovación de inmuebles obteniendo una mejora del 30% en el consumo de energía primaria no renovable. 
    3. Inversiones en la compra o instalación de algunos de los siguientes elementos de construcción que cumplan los requerimientos de eficiencia energética definidos en directivas o determinadas especificaciones recogidas en el Anexo IV.6.c: i) aislamiento, ii) ventanas y puertas, iii) equipos de calefacción y refrigeración de fuentes no renovables, iv) calderas y estufas que no utilicen combustibles fósiles y v) otros, tales como sistemas de automatización, controles de presencia, medición de calor y controles termostáticos, etc.
    4. Construcción de nuevos inmuebles de menos de 5.000 m2 eficientes energéticamente, que requiere el consumo de energía primaria que define el rendimiento del edificio sea al menos un 10% inferior al umbral establecido para el edificio de consumo de energía casi nulo (NZEB). 
    5. Contratación de servicios técnicos, de consultoría, auditoría energética, medición de eficiencia relacionados con lo anterior.


Ver Anexo IV.6 con detalles adicionales

7. Inversiones en eficiencia energética industrial

    1. Inversiones que reduzcan en un 30% el uso de electricidad (Kwh) y /o las emisiones de GHG generadas por la fabricación, instalación de productos o aplicación de tecnologías incluyendo equipos eléctricos, motores eléctricos, controladores de velocidad variable, máquinas, compresores, grúas, mejoras en equipos de procesamiento o líneas de producción. Estas inversiones serán elegibles para empresas industriales y para empresas de servicios que instalen o adquieran estos productos o tecnologías. No serán elegibles las inversiones en calderas de combustión. 
    2. Inversiones en la fabricación de equipos y sistemas que generan mayor eficiencia energética como electrodomésticos, ventanas, puertas, asilamiento, refrigeración y ventilación, sensores de presencia. Ver Anexo IV.7.b. con mayor detalle.  
    3. Inversión en eficiencia energética en los inmuebles: la compra o instalación de equipos y medidas de eficiencia energética relacionadas con i) aislamiento, ii) ventanas y puertas, iii) equipos de calefacción y refrigeración de fuentes no renovables y iv) calderas y estufas que no utilicen combustibles fósiles.  Ver Anexo IV.7.c. 
    4. Contratación de servicios técnicos, de consultoría, medición de eficiencia relacionados con los puntos b y c anterior. Ver Anexo IV.7.d.
    5. Actividades de I+D orientadas a la eficiencia energética para la industria.


Ver Anexo IV.7e con detalles adicionales.


8. Agricultura y medios naturales: proyectos de eficiencia energética, prácticas de agricultura, acuicultura y forestales sostenibles y resiliencia climática

  1. proyectos de eficiencia energética, prácticas de agricultura, acuicultura y forestales sostenibles y resiliencia climática
    1. Compra o alquiler de equipos y maquinaría autopropulsada o de tracción para agricultura, incluidos tractores, que reduzcan un 30% de emisiones de GEI (hasta 2025 podrán utilizar combustibles fósiles) o el consumo de electricidad en kwh. 
    2. Inversiones en modernización de equipo de procesamiento que reduzcan un 30% de emisiones de GEI o el consumo de electricidad en kwh. 
    3. Modernización o construcción de sistemas de regadío que generen (i) ahorros de energía del 30% o (ii) ahorros en consumo de agua del 10%, y que cumplan con la normativa aplicable para la extracción de agua y pueda aportarse la documentación que lo muestra. 
    4. Inversiones en agricultura, principalmente en cultivos, para reducir la vulnerabilidad a los cambios climáticos. Ver detalles adicionales en Anexo IV.8.d., incluyendo documentación sobre cumplimiento normativo a aportar. 
    5. Inversiones en agricultura y acuicultura sostenible, incluyendo productos orgánicos, uso de pesticidas, nutrientes. Ver detalles adicionales en Anexo IV.8.e.
    6. Inversiones en bosques.


Ver detalles adicionales en Anexo IV.8, incluyendo documentación sobre cumplimiento normativo a aportar.



9. Economía circular

    1. Inversiones en actividades dirigidas a la restauración, modernización y refabricación de equipos obsoletos o al final de su vida útil o la reutilización y reparación de productos de consumo (por ejemplo, ropa, muebles, bicicletas, electrodomésticos), que generalmente se clasifican en los siguientes códigos CNAE: 
    • CNAE 4779 Comercio al por menor de artículos de segunda mano en establecimientos
    • CNAE 331 Reparación de productos metálicos, maquinaria y equipo.
    • CNE 951 Reparación de ordenadores y equipos de comunicación.
    • CNAE 952 Reparación de aparatos electrodomésticos y de equipos para el hogar y el jardín.  
    1. Menor utilización de materias primas: inversiones que permiten reducir en al menos un 20% la utilización sustituyéndolas por secundarios/recicladas o por desechos de otros procesos.   
    2. Mayor utilización de materias recicladas: inversiones que permiten aumentar un 20% el uso de materias recicladas siempre que estas materias recicladas supongan al menos un 20% del total. 
    3. Inversión en productos con una reciclabilidad del 80%.
    4. Desarrollo y producción sostenible de nuevos materiales reusables, reciclables o compostables. 


Ver Anexo IV.9 con detalles adicionales.


10. Accesibilidad

    1. Inversiones para mejorar la accesibilidad de instalaciones donde operan las empresas
    2. Inversiones de empresas dedicadas a proporcionar servicios y equipos o desarrollar tecnologías de accesibilidad.


Ver Anexo IV.10 con detalles adicionales sobre las inversiones elegibles.

11. Residuos: recogida, recuperación y reducción. . Serán elegibles determinadas inversiones que se incluyen en el Anexo IV.11 de empresas que operen en los siguientes CNAEs: 

  • CNAE 3832 Valorización de materiales ya clasificados. 
  • CNAE 4677 Comercio al por mayor de chatarra.
  • CNAE 381 Recogida de residuos en que al menos el 50% es reciclado.  



Ver Anexo IV.11 con detalles adicionales sobre las inversiones elegibles.

12. Eficiencia en el uso de agua:

  1. Modernización de infraestructuras diseñadas para mejorar la conservación del agua, eficiencia, reutilización y reducción de vertidos, incluyendo sistemas de ahorro de agua que permitan una reducción del 10% en el consumo de agua y tecnología de tratamiento de agua para la reutilización del agua. 
  2. Otros incluidos en el Anexo IV.12.


Ver Anexo IV.12 con detalles adicionales sobre las inversiones elegibles.

13. Control y prevención de la contaminación de emisiones y ruido. Ver inversiones elegibles en Anexo IV.13.

14. Protección y restauración del ecosistema, incluyendo turismo en la naturaleza. Ver inversiones elegibles en Anexo IV.14.

15. Tecnologías de la información orientadas a sostenibilidad. Ver inversiones elegibles en Anexo IV.15.