Intervencion Incidencias


L2030: Para el valor declarado en  “Estado de refinanciaciones y reestructuraciones” y en  “Naturaleza de la intervención en la operación”  el “Código de persona” debe corresponder a una persona física.

    . Si la Refinanciación es igual al valor "I32-Operación reestructurada. Conforme al Real Decreto-Ley 6/2012" todos los intervinientes que tengan G3_INTERVENCION igual a uno de estos valores:

"T12-Titular de riesgo directo único"
"T13-Titular de riesgo directo solidario"
"T14-Titular de riesgo directo mancomunado no solidario con otros titulares mancomunados"
"T15-Titular de riesgo directo mancomunado solidario con otros titulares directos mancomunados"
"T76-Titular de riesgo directo solidario distinto del 100%"
"T77-Titular de riesgo directo mancomunado solidario distinto del 100% con otros titulares directos mancomunados"

    deben ser distintos de personas física.

L2037:  La “Naturaleza la intervención en la operación” es incompatible con el contenido de  “Garantía personal principal. Tipo de garantía personal principal”.

. Si existe un G3_INTERVENCION igual a uno de estos valores:

"T20-Garante solidario"
"T21-Garante no solidario"
"T22-Compromiso de firma en efectos"

y el Tipo de garantia Personal igual a "G00-Sin garantía personal".


L2042:  Para el  valor  de “Tipo de producto” y “Naturaleza de la intervención en la operación” el valor del “Sector” del “Código de la persona” es incorrecto.
    . Si el Producto es igual a "V37-Crédito financiero. Hipotecas inversas" todos los registros con G3_INTERVENCION igual a los valores:

"T12-Titular de riesgo directo único"
"T13-Titular de riesgo directo solidario"
"T14-Titular de riesgo directo mancomunado no solidario con otros titulares mancomunados"
"T15-Titular de riesgo directo mancomunado solidario con otros titulares directos mancomunados"

    deben tener el Sector distinto de los valores:

"S46-Hogares. Empresarios individuales"
"S47-Hogares. Resto"


L2044: Para el valor de  “Localización de la actividad (país de la operación)”es obligatorio Código de la persona” con “Naturaleza de intervención en la operación” = T28.
   
     . Si País es igual a '11' debe existir G3_INTERVENCION igual a "T28-Sociedad instrumental tenedora".


L2048:  El valor de “Porcentaje de participación en los préstamos sindicados” es incompatible con el de “Naturaleza de intervención en la operación”.

    . Si %Prestamos Sindicados es igual a 100 y existe registros con G3_INTERVENCION igual a "T27-Entidad agente del préstamo sindicado".


L2050: Para el valor de “Tipo de producto” = V57 o V65,  debe existir algún “Código de la persona” con  “Naturaleza de la intervención en la operación” = T30 y viceversa.

    . Cuando el Producto es igual a uno de estos valores:

"V57-Aval financiero Solidario con otras entidades declarantes"
"V65-Resto de garantías no financieras concedidas. Solidarios con otras entidades declarantes"

    y debe existir un registro con G3_INTERVENCION  sea igual a "T30-Entidad declarante que concede de forma solidaria la operación"


L2052: Para el valor de “Tipo de producto” = VB2,  debe existir algún “Código de la persona” con  “Naturaleza de la intervención en la operación” = T31 y viceversa.


    . Cuando el producto sea igual a "VB2-Préstamos de recompra inversa. Resto de los préstamos de recompra inversa" y debe existir un registro con G3_INTERVENCION igual a "T31-Entidad emisora de los valores adquiridos temporalmente".

    . Cuando el producto sea distinto de "VB2-Préstamos de recompra inversa. Resto de los préstamos de recompra inversa" y existe algun registro con G3_INTERVENCION igual a "T31-Entidad emisora de los valores adquiridos temporalmente".


L2054: Para el valor de “Tipo de producto” = V19, debe existir algún “Código de la persona” con “Naturaleza de la intervención en la operación” = T32 y viceversa.
    . Cuando el Producto es igual a "V19-Valores prestados" debe existir un registro con G3_INTERVENCION igual a "T32-Entidad emisora de los valores prestados".
  
 . Cuando el Producto es distinto de "V19-Valores prestados" y existe algún registro con G3_INTERVENCION igual "T32-Entidad emisora de los valores prestados".


L2056:  Para el valor de  “Naturaleza de la intervención en la operación” = T22 el “Tipo de producto” de la operación debe ser V25, V26, V28, V29, V3, V31 o V35.

    . Cuando el Producto es igual a uno de estos valores:

"V25-Crédito comercial con recurso. Descuento de papel comercial"
"V26-Crédito comercial con recurso. Resto de las operaciones"
"V28-Crédito comercial sin recurso Pago a proveedores con inversión"
"V29-Crédito comercial sin recurso Pago a proveedores sin inversión"
"V30-Crédito comercial sin recurso Factoring con inversión"
"V31-Crédito comercial sin recurso Factoring sin inversión"

"V35-Crédito financiero. Efectos financieros"

    debe existir algún registro con G3_INTERVENCIÓN igual a "T22-Compromiso de firma en efectos".

L2057:  Para el valor de  “Naturaleza de la intervención en la operación” = T25 el “Tipo de producto” de la operación debe ser V51 o V52.

 
    . Cuando el Producto es igual a uno de estos valores:

"V51-Arrendamiento financiero para el arrendatario"
"V52-Arrendamiento operativo para el arrendatario"

    debe existir algun registro con G3_INTERVENCIÓN igual a "T25-Tercero comprometido a pagar importes en una operación de arrendamiento financiero".

L2058:  Los valores de “Código de la persona”, “Naturaleza de la intervención en la operación” son incoherentes con la comunicación de  G1 para esta operación.

    . Si existe una Intervención con uno de estos valores:

"T14-Titular de riesgo directo mancomunado no solidario con otros titulares mancomunados"
"T15-Titular de riesgo directo mancomunado solidario con otros titulares directos mancomunados"

    debe existir una relación con operación donde el tipo de Vinculación sea igual a "T52-Operación con titulares mancomunados".

 

L2059: Por operación, es obligatorio que exista un “Código de la persona” con “Naturaleza de intervención en la operación” = T12, T13, T14, T15, T16, T17, T71, T76 o T77.

    . Si no existe ninguna vinculación con titulares que tengan en Naturaleza de intervención en la operación uno de estos valores:

"T12-Titular de riesgo directo único"
"T13-Titular de riesgo directo solidario"
"T14-Titular de riesgo directo mancomunado no solidario con otros titulares mancomunados"
"T15-Titular de riesgo directo mancomunado solidario con otros titulares directos mancomunados"

"T16-Titular de riesgo por subvencionar el principal."
"T17-Titular de riesgo por subvencionar exclusivamente intereses."
"T71-Titular de riesgo por subvencionar principal e intereses."

"T76-Titular de riesgo directo solidario distinto del 100%"
"T77-Titular de riesgo directo mancomunado solidario distinto del 100% con otros titulares directos mancomunados"

L2060:  Por operación, solo se permite un “Código de la persona” con “Naturaleza de intervención en la operación” = T12 y no deben existir con “Naturaleza de intervención en la operación” = T13, T14,T15, T16,T17,T71,T76 oT77.

    . Si existe algun titular con naturaleza de intervención en la operación igual al valor "T12-Titular de riesgo directo único", sólo puede haber uno con naturaleza de interveción en la operación igual al valor "T12-Titular de riesgo directo único" y ninguno con los valores:

"T13-Titular de riesgo directo solidario"
"T14-Titular de riesgo directo mancomunado no solidario con otros titulares mancomunados"
"T15-Titular de riesgo directo mancomunado solidario con otros titulares directos mancomunados"
"T16-Titular de riesgo por subvencionar el principal"
"T17-Titular de riesgo por subvencionar exclusivamente intereses"
"T71-Titular de riesgo por subvencionar principal e intereses"
"T76-Titular de riesgo directo solidario distinto del 100%"
"T77-Titular de riesgo directo mancomunado solidario distinto del 100% con otros titulares directos mancomunados"

L2061: Por operación, sólo se permite un "Código de la persona" con "Naturaleza de la intervención en la operación" = T13 y no deben existir con "Naturaleza de la intervención en la operación" = T12,T14,T15,T16,T17,T71,T76 o T77.

    . (Si sólo existe un registro con naturaleza de intervención en la operación igual a "T13-Titular de riesgo directo solidario") o (si existe más de uno con G3_intervención = "T13-Titular de riesgo directo solidario" y existe alguno con G3_Intervención igual a:

"T12-Titular de riesgo directo único"

"T14-Titular de riesgo directo mancomunado no solidario con otros titulares mancomunados"
"T15-Titular de riesgo directo mancomunado solidario con otros titulares directos mancomunados"
"T16-Titular de riesgo por subvencionar el principal"
"T17-Titular de riesgo por subvencionar exclusivamente intereses"
"T71-Titular de riesgo por subvencionar principal e intereses".
"T76-Titular de riesgo directo solidario distinto del 100%"
"T77-Titular de riesgo directo mancomunado solidario distinto del 100% con otros titulares directos mancomunados"


L2062: Para las operaciones que tengan Código de la persona con "Naturaleza de interveción en la operación  = "T14-Titular de riesgo directo mancomunado no solidario con otros titulares mancomunados", no deben existir con Naturaleza de intervención en la operación = "T12,T13,T15,T16,T17,T71,T76 o T77.

    . (Si existe más de un registro con G3_INTERVENCIÓN igual a "T14-Titular de riesgo directo mancomunado no solidario con otros titulares mancomunados")  o (si existe uno y además hay alguno con G3_INTERVENCION igual a:

"T12-Titular de riesgo directo único"
"T13-Titular de riesgo directo solidario"
"T15-Titular de riesgo directo mancomunado solidario con otros titulares directos mancomunados"
"T16-Titular de riesgo por subvencionar el principal"
"T17-Titular de riesgo por subvencionar exclusivamente intereses"
"T71-Titular de riesgo por subvencionar principal e intereses".
"T76-Titular de riesgo directo solidario distinto del 100%"
"T77-Titular de riesgo directo mancomunado solidario distinto del 100% con otros titulares directos mancomunados"



L2063:  Para las operaciones que tengan “Código de la persona”  con  “Naturaleza de intervención en la operación” = T15,  no deben existir con “Naturaleza de intervención en la operación” = T12,T13,T14,T16,T17,T71,T76 o T77.

    . Si sólo existe un registro con G3_INTERVENCION igual a "T15-Titular de riesgo directo mancomunado solidario con otros titulares directos mancomunados" o (si existe más de uno con G3_INTERVENCION igual a "T15-Titular de riesgo directo mancomunado solidario con otros titulares directos mancomunados" y existe alguno con G3_INTERVENCION igual a:

"T12-Titular de riesgo directo único"

"T13-Titular de riesgo directo solidario"
"T14-Titular de riesgo directo mancomunado no solidario con otros titulares mancomunados"
"T16-Titular de riesgo por subvencionar el principal"
"T17-Titular de riesgo por subvencionar exclusivamente intereses"
"T71-Titular de riesgo por subvencionar principal e intereses".
"T76-Titular de riesgo directo solidario distinto del 100%"
"T77-Titular de riesgo directo mancomunado solidario distinto del 100% con otros titulares directos mancomunados"


L2064:  Por operación “Código de la persona”  con  “Naturaleza de intervención en la operación” = T20 debe existir más de uno.

    . Si existe sólo un registro con G3_INTERVENCION igual al valor "T20-Garante solidario"


L2067:  Para el valor de “Finalidad de la operación” si “Naturaleza de intervención en la operación” es T81,  el “Sector” debe ser  S46, S47 o S58. 

    . Si la Finalidad es igual a uno de estos valores:

"K00-Consumo. Adquisición de bienes de consumo duradero"
"K01-Consumo. Adquisición de otros bienes y servicios corrientes"
"K02-Vivienda. Adquisición por primera vez de vivienda habitual (vivienda protegida)"
"K03-Vivienda. Adquisición por primera vez de vivienda habitual (vivienda libre)"
"K04-Vivienda. Resto de las adquisiciones de viviendas habituales"
"K05-Vivienda. Adquisición de viviendas para su alquiler a terceros"
"K06-Vivienda. Resto de las adquisiciones"
"K07-Vivienda. Rehabilitación"
"K08-Otros fines. Adquisición de terrenos"
"K09-Otros fines Adquisición de garajes y trasteros no asociados a la adquisición de la vivienda"
"K10-Otros fines. Adquisición de valores"
"K11-Otros fines. Reunificación de deudas"
"K12-Otros fines. Resto"
"K38-Garantía de crédito dinerario para el resto de las finalidades (hogares)"
"K39-Garantía de crédito de firma para el resto de las finalidades (hogares)"
"K47-Obligaciones ante aduanas, hacienda, tribunales y organismos públicos (hogares)"
"K48-Otras obligaciones (hogares)"

    todos los registros con G3_INTERVENCION igual a uno de estos valores:

"T81-Código de la contraparte directa"

    el sector debe ser distinto a los valores:

"S46-Hogares. Empresarios individuales"
"S47-Hogares. Resto"
"S58-Hogares (excluidas ISFLSH). Resto. Comunidades de propietarios y de bienes con naturaleza jurídica propia"


L2068:  Para el valor de “Finalidad de la operación” si “Naturaleza de intervención en la operación” es T12, T13, T14, T15, T16 o T17,  el “Sector” debe ser  distinto de S47.
    . Si la Finalidad es distinta de uno de estos valores:

"ZZZ-No Aplicable."
"K00-Consumo. Adquisición de bienes de consumo duradero"
"K01-Consumo. Adquisición de otros bienes y servicios corrientes"
"K02-Vivienda. Adquisición por primera vez de vivienda habitual (vivienda protegida)"
"K03-Vivienda. Adquisición por primera vez de vivienda habitual (vivienda libre)"
"K04-Vivienda. Resto de las adquisiciones de viviendas habituales"
"K05-Vivienda. Adquisición de viviendas para su alquiler a terceros"
"K06-Vivienda. Resto de las adquisiciones"
"K07-Vivienda. Rehabilitación"
"K08-Otros fines. Adquisición de terrenos"
"K09-Otros fines Adquisición de garajes y trasteros no asociados a la adquisición de la vivienda"
"K10-Otros fines. Adquisición de valores"
"K11-Otros fines. Reunificación de deudas"
"K12-Otros fines. Resto"
"K38-Garantía de crédito dinerario para el resto de las finalidades (hogares)"
"K39-Garantía de crédito de firma para el resto de las finalidades (hogares)"
"K47-Obligaciones ante aduanas, hacienda, tribunales y organismos públicos (hogares)"
"K48-Otras obligaciones (hogares)"
"K78-Financiación a arrendatarios. COVID-19".

    con G3_INTERVENCION igual a uno de estos valores:

"T12-Titular de riesgo directo único"
"T13-Titular de riesgo directo solidario"
"T14-Titular de riesgo directo mancomunado no solidario con otros titulares mancomunados"
"T15-Titular de riesgo directo mancomunado solidario con otros titulares directos mancomunados"
"T16-Titular de riesgo por subvencionar el principal"
"T17-Titular de riesgo por subvencionar exclusivamente intereses"
"T71-Titular de riesgo por subvencionar principal e intereses".
"T76-Titular de riesgo directo solidario distinto del 100%"
"T77-Titular de riesgo directo mancomunado solidario distinto del 100% con otros titulares directos mancomunados"

    al menos uno debe tener el Sector distinto de "S47-Hogares. Resto"


L2077:  Para el valor de “Porcentaje de participación en los préstamos sindicados” debe existir “Naturaleza de intervención en la operación” = T27.


. Si el % Prestamos Sindicados es menor a 100 y no existe registros con G3_INTEVENCION igual a "T27-Entidad agente del préstamo sindicado".

L2605: Si Tipo de vinculación es T52, para el código de la operación que cumple que código vinculado = código de la operación, debe existir al menos un código de persona que tenga naturaleza de la intervención en la operación igual a:

"T14-Titular de riesgo directo mancomunado no solidario con otros titulares mancomunados"
"T15-Titular de riesgo directo mancomunado solidario con otros titulares directos mancomunados"

L2244: El valor de “Garantía personal principal. Tipo de garantía personal principal” no es compatible con los valores declarados  “Naturaleza la intervención en la operación” y “Sector”.

    . Si G3_TIPO_GARANTIA_PERSONAL es igual al valor G01-Garantía de Administraciones Públicas y no existe vinculación con titular con naturaleza igual a:

"T20-Garante solidario"
"T21-Garante no solidario"
"T22-Compromiso de firma en efectos"

y sector de la identidad igual a:

"S00-Administración Central. Estado"
"S01-Administración Central. Organismos autónomos y similares"
"S02-Administración Central. Empresas"
"S03-Administraciones Autonómicas o Regionales. Admin. General"
"S04-Administraciones Autonómicas o Regionales. Organismos autónomos y similares"
"S05-Administraciones Autonómicas o Regionales. Empresas"
"S06-Administraciones Locales. Administración General"
"S07-Administraciones Locales. Organismos autónomos y similares"
"S08-Administraciones Locales. Empresas"
"S09-Administraciones de la Seguridad Social"
"S10-Organismos internacionales y supranacionales (excepto bancos multilaterales de desarrollo). Admin. Públicas"
"S14-Bancos centrales (incluido el Banco Central Europeo) y autoridades monetarias nacionales"


L2251: En las operaciones con garantía personal principal. Tipo de garantía personal principal igual a G08, debe existir al menos un código de la persona con naturaleza de la intervención en la operación igual a T20, T21 o T22 y Sector uno de los siguientes:

"S11-Organismos internacionales y supranacionales (excepto bancos multilaterales de desarrollo). Otros intermediarios financieros"

"S16-Entidades de dinero electrónico"

"S17-Fondos del Mercado Monetario (FMM)"
"S18-Otras instituciones financieras monetarias"

"S19-Entidades de seguros"
"S20-Fondos de pensiones"
"S21-Fondos de inversión mobiliaria, excepto los FMM"

"S23-Sociedades de inversión mobiliaria"
"S25-Resto de las instituciones de inversión colectiva."
"S26-Sociedades de valores (ESI)"
"S27-Sociedades anónimas cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario"
"S28-Sociedades y fondos de capital riesgo"
"S29-Sociedades y fondos de titulización"
"S30-Entidades de contrapartida central"
"S31-Resto de los otros intermediarios financieros"
"S32-Entidades holding que gestionan filiales mayoritariamente financieras"
"S33-Agencias de valores (ESI)"
"S34-Sociedades gestoras de cartera (ESI)"
"S35-Sociedades gestoras de otros intermediarios financieros"
"S36-Sociedades de garantía recíproca y reafianzamiento"
"S37-Sociedades de tasación"
"S38-Entidades de pago"
"S39-Establecimientos de cambio de moneda"
"S40-Resto de los auxiliares financieros"
"S41-Sociedades emisoras de participaciones preferentes"
"S42-Otras entidades financieras especializadas"
"S43-Empresas holding que no gestionan filiales"
"S44-Sociedades no financieras"
"S45-Instituciones sin fines de lucro al servicio de los hogares"

"S48-Corredores y agentes de seguros"


A1014: si no tiene intervención igual a T81
A1018: si intervención es igual a T29.